Pides algo a la Administración —una licencia de obra, una ayuda, lo que sea— y pasan los meses sin respuesta. ¿Y ahora qué pasa con tu solicitud? Ese vacío tiene nombre, silencio administrativo, y la ley no lo deja en el aire; le da un sentido, a favor o en contra. La gracia está en saber cuándo es cada cosa, porque no es lo mismo dar algo por ganado que tener que seguir peleándolo.
Quien calla, otorga
Cuando eres tú quien pone en marcha el procedimiento —presentas una solicitud— y a la Administración se le pasa el plazo sin resolver, el silencio es positivo. Se entiende estimado, como si te hubieran dicho que sí (art. 24.1 de la Ley 39/2015). Suena raro la primera vez que lo oyes, pero tiene su lógica: tenían un plazo para contestarte, no lo cumplieron, y la ley no te deja tirado por su tardanza.
El plazo es el que marque la norma de cada procedimiento, con un tope de seis meses. Y si no hay ninguna norma que lo fije, tres meses (art. 21).
Cuándo el silencio va en tu contra
Aquí está lo que hay que llevarse bien aprendido. Esa regla del “sí por defecto” tiene seis salidas por las que el silencio pasa a ser negativo, o sea desestimatorio (art. 24.1):
- que una norma con rango de ley, o el Derecho de la Unión Europea, diga expresamente que es negativo;
- el derecho de petición del artículo 29 de la Constitución;
- que estimar tu solicitud te diera facultades sobre el dominio público o un servicio público;
- procedimientos con actividades que puedan dañar el medio ambiente;
- las reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Administración;
- los recursos y la revisión de oficio que pida el interesado.
El orden para no liarte es este: primero miras si tu caso encaja en alguna de las seis. Si no cabe en ninguna, respira, es positivo.
Los recursos tienen truco
Con un recurso, el silencio de partida es negativo. Pero hay una vuelta de tuerca que conviene tener cogida. Imagina que presentaste una solicitud, te la desestimaron por silencio y recurres en alzada. Si esa alzada tampoco se resuelve en tres meses, entonces el segundo silencio te da la vuelta y se entiende estimada (salvo que el asunto sea de una de las materias de antes). Es el famoso doble silencio: dos negativas presuntas que acaban jugando a tu favor.
Tres ejemplos para que se quede
- Pides una licencia de obra y se les pasa el plazo sin contestar → positivo. No entra en ninguna excepción, así que la ley te la da por concedida.
- Reclamas a la Administración por un daño (responsabilidad patrimonial) y no responde → negativo. Es una de las seis.
- Recurres una sanción y no resuelven en plazo → negativo, y de ahí a la vía judicial.
Dónde se te queda de verdad
Leerlo una vez está bien; el problema es que en un supuesto real te dan un caso concreto y tienes que decidir en frío. En el curso de Procedimiento administrativo esto no lo lees, lo haces: te sueltan el caso —“a Fulano le notifican tal cosa, ¿el silencio es positivo o negativo?”—, eliges y se corrige al instante, diciéndote por qué. Repites cuatro veces y deja de ser un lío.