Curso · Inspector, Técnico y Agente de Hacienda

Procedimiento de Inspección

6 módulos 37 lecciones ejercicios corregidos al instante

El procedimiento de inspección es la comprobación en profundidad de la situación tributaria de un obligado: empieza con una comunicación o una personación, se desarrolla dentro de un plazo tasado y termina en un acta. El curso recorre sus fases —inicio y lugar, plazo, prueba y medidas cautelares, actas y estimación indirecta— apoyándose en el articulado de la LGT. Cada regla se fija con un caso que planteas y resuelves, y que se corrige al instante.

Qué aprenderás

  • Saber cuándo la entrada en el domicilio del obligado necesita su consentimiento o una autorización judicial, y cómo se fijan el inicio y el alcance de la actuación.
  • Contar el plazo del procedimiento —18 meses con carácter general y 27 cuando la cifra de negocios obliga a auditar o hay grupo de consolidación— con sus suspensiones y extensiones (art. 150 LGT).
  • Diferenciar las tres clases de acta —con acuerdo, de conformidad y de disconformidad— y aplicar sus reducciones de sanción: 65 %, 30 % y el 40 % de pronto pago (art. 188 LGT).
  • Reconocer cuándo procede la estimación indirecta de bases y en qué se distingue del conflicto en la aplicación de la norma.

Así es una lección

Una idea, un ejemplo resuelto y, justo después, lo haces tú — y se corrige al instante.

Explicación

El acta de conformidad (modelo A01) es la que firma el obligado cuando acepta la propuesta de regularización. A cambio, la sanción se reduce un 30 % (art. 188.1 LGT); y si además paga en el plazo del art. 62.2 sin recurrir, sobre lo que queda se aplica otro 40 % de pronto pago (art. 188.3). Las dos reducciones van en cascada, no se suman.

Ejemplo resuelto

Un obligado firma en conformidad y la sanción propuesta, antes de reducir, es de 10.000 €. Paga en plazo y no recurre.

  1. 1. Primera reducción: 30 % por conformidad (art. 188.1). 10.000 × 30 % = 3.000 €, quedan 7.000 €.
  2. 2. Segunda reducción: 40 % de pronto pago (art. 188.3), que se calcula sobre lo que queda, no sobre la base. 7.000 × 40 % = 2.800 €, quedan 4.200 €.
  3. 3. Atajo: sanción final = base × 0,70 × 0,60.

Sanción final: 4.200 € (10.000 × 0,70 × 0,60).

Practicas tú

Ahora la sanción de conformidad es de 20.000 €; el obligado paga en plazo y no recurre. ¿Cuál es la sanción final?

8.400 €. Primero el 30 % (20.000 × 0,70 = 14.000) y luego el 40 % sobre el resto (14.000 × 0,60 = 8.400); el 40 % nunca se calcula sobre los 20.000 iniciales. En la app lo resuelves y se corrige al instante.

El curso está en la app

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